La importancia del Abogado.

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Hace algunos días recordaba la respuesta que dio el Presidente del Consejo Nacional de la Abogacía Española, cuando, luego de las explosiones terroristas en diversas estaciones del metro en Madrid en el año 2004, fue interpelado por una persona que en forma molesta le reclamó -¿cómo es posible que existan abogados que defienden a esos criminales? (refiriéndose a los terroristas)-, la respuesta fue, a mi parecer, muy acertada, -eso le demuestra que en España cualquier persona tiene el derecho de un juicio justo-.

Lo anterior me ha llevado a reflexionar sobre la importancia que tiene la función que desempeñan los abogados en la sociedad. En 1990, la ONU, emitió un documento denominado «Principios Básicos sobre la Función de los Abogados», en éste, se inicia con la mención de derechos que forman parte de cualquier sistema jurídico democrático, como son: la igualdad ante la ley, la presunción de inocencia, el derecho a ser oído en forma pública ante un tribunal el que debe ser independiente e imparcial; un juicio sin demoras injustificadas, el derecho a la asistencia de un abogado cuando se es detenido y el consecuente respeto a los Derechos Humanos. Se estima la necesidad de que las personas cuenten con un abogado que les auxilie a ejercer sus derechos fundamentales lo que sólo se puede dar en un medio en que se garantice la independencia y el actuar de los abogados.

En estos principios, la ONU plantea salvaguardias especiales en asuntos penales, que consisten esencialmente en: la asistencia de un abogado para cualquier persona que se encuentra acusada de haber cometido un delito, arrestada o detenida por algún motivo; que el abogado debe tener experiencia y competencia a fin de garantizar una asistencia jurídica eficaz y, en caso que se carezcan de medios para pagarla, gratuita; la obligación del Estado de poner a disposición de las personas detenidas instalaciones adecuadas para recibir visitas de su abogado y entrevistarse con él, en condiciones dignas y que permitan la confidencialidad.

También menciona la necesidad de que los abogados sean competentes y se encuentren preparados, estableciendo la responsabilidad que en estos tienen las asociaciones profesionales de los abogados, los gobiernos y las instituciones de enseñanza, debiéndose inculcar una conciencia de valores y ética, sin discriminación por motivos de raza, color, sexo, origen étnico, religión, opiniones políticas o de otro tipo.

Al mencionar las obligaciones de los abogados, refiere que estos deben mantener el honor y la dignidad de su profesión, en tanto que son uno de los aspectos fundamentales de un sistema de administración de justicia, a lo cual agregaría al sistema de derecho y legalidad.

Es por lo anterior que estos profesionistas son uno de los factores esenciales para el respeto a los derechos básicos de las personas así como las libertades fundamentales, de donde se observa la necesidad de que el abogado cuente con los elementos necesarios para actuar con libertad y diligencia, lo que lleva a la obligación que tienen los gobiernos de garantizar que los abogados: puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; puedan viajar y comunicarse libremente con sus clientes y no sufran ni estén expuestos a persecuciones o a sanciones administrativas, económicas o de otra índole con motivo de un ejercicio legal de la profesión. Es por eso que cuando la seguridad de los abogados y, por consecuencia, el ejercicio de la profesión, se vean amenazados, el Estado debe proporcionarles seguridad; también deben gozar de inmunidad civil y penal por las declaraciones que hagan de buena fe en el ejercicio de su profesión.

Respecto a las libertades de expresión y asociación, se menciona el derecho que tienen de participar en públicos debates sobre asuntos relativos a la legislación y la administración de justicia sin sufrir restricciones profesionales, siempre y cuando actúen conforme a la ley y a las reglas éticas de la profesión. Se destaca la importancia de las asociaciones profesionales y autónomas de abogados, con el objeto de representar sus intereses y la formación y capacitación de sus miembros, aunque también deberán ser sometidos a regímenes disciplinarios a través de esos referidos órganos.

La importancia que la ONU otorga a la función que desempeñan los abogados, tiene otro trasfondo: el Gobierno sólo puede actuar de acuerdo a lo que prescriben las leyes y quien conoce el sistema jurídico y el manejo de las leyes, fuera del gobierno, son los abogados; de lo anterior que un gobierno democrático que pretenda superar las fallas que comete su administración y adecuarla a los intereses de la sociedad, encuentre en los abogados, libres e independientes, su mejor crítico y, por ende, un efectivo instrumento de mejora.

Sin embargo, un gobierno despótico buscará limitar el libre e independiente ejercicio de la función jurídica y dará apoyo a aquellos abogados que ensalcen su administración, los que nunca faltarán y que más que ser abogados se convierten en “abonados” del erario público.

Es aquí en donde se debe diferenciar entre el político y el gobernante, el primero tiene un culto a la personalidad que puede dañar la función que desempeña cuando se encuentre al frente de un cargo público, en cuanto rechace las críticas que se hagan de su actuar; en tanto que el buen gobernante buscará el apoyo de aquellos que le ayuden a desarrollarse en forma democrática y en beneficio de la sociedad, aún y cuando lo que se diga no sea de su agrado, Es aquí en donde un buen gobernante encuentra en una abogacía libre e independiente un instrumento eficiente para la mejora de su actuar.

Crédito de imagen destacada: GettyImages/Robert Daly

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About Post Author

Oscar Muller Creel

Oscar Müller Creel es Doctor en Derecho especializado en derechos humanos, ética profesional, seguridad publica, corrupción y libertad de expresión. Ha escrito diversos libros y artículos científicos. Columnista en varios medios de comunicación internacionales, tanto para prensa como radio. Si usted desea publicar esta columna en su medio de comunicación, agradeceremos se comunique con nosotros. OMC Opinión. Todos los Derechos Reservados 2015
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